La Patria es dicha de todos, y dolor de todos, y cielo para todos. José Martí

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D FRENTE apoya declaración del CTDC sobre el candidato opositor a las pasadas elecciones

La Habana, 1 de diciembre de 2022 José Antonio Cabrera Parada: el candidato cancelado. Después de varios días tratando de obtener noticias ciertas y contrastadas sobre el caso de José Antonio Cabrera Parada, nominado como candidato a las elecciones Municipales del Poder Popular del pasado domingo 27, tenemos ya una pintura exacta de todo lo que aconteció entre el día de su nominación y el día mismo de la votación.

13 Feb 2023
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Imagen © REUTERS

La Habana, 1 de diciembre de 2022

José Antonio Cabrera Parada: el candidato cancelado.

Después de varios días tratando de obtener noticias ciertas y contrastadas sobre el caso de José Antonio Cabrera Parada, nominado como candidato a las elecciones Municipales del Poder Popular del pasado domingo 27, tenemos ya una pintura exacta de todo lo que aconteció entre el día de su nominación y el día mismo de la votación.

Como informamos el pasado 21 de noviembre, José Antonio Cabrera Parada fue nominado por unas de las Áreas de la Circunscripción 55 del municipio Palma Soriano, en la provincia de Santiago de Cuba. Su nominación se produjo el 4 de noviembre en su Área, apoyado libremente por la mayoría de electores, como establece el artículo 4 de la Ley Electoral, Ley 127, cumpliendo todos los requisitos que recoge su artículo 7 para que un ciudadano cubano pueda ser propuesto como candidato y en consonancia con lo que prescribe el artículo 9.1 para el disfrute del derecho al sufragio pasivo.

Y como define y se corresponde con la Ley Electoral en su artículo 91.2, la suya fue la única en su área de Asamblea de Nominación dentro de la Circunscripción 55, dividida en diversas áreas según el número de electores.

En el Consejo para la Transición Democrática en Cuba (CTDC) habíamos decidido, en consulta con la coordinadora del proceso en Palma Soriano, Elsa Litsy Isaac Reyes ―quien intentó postularse también como candidata independiente― mantener bajo discreción una información eminentemente pública. Por una razón principal: consideramos que la normalización democrática frente a la ciudadanía debe evitar, en un país de estructura fundamentalmente autocrática, el excesivo ruido mediático. Pero decidimos dar a conocer su nominación ya cuando el ruido de la policía política comenzaba a sonar en torno a Cabrera Parada.

Éste fue primero detenido y amenazado con la expulsión del trabajo si no desistía y retiraba su nominación. Ante su negativa, comenzó la presión sobre su familia, el empleo del natural chantaje filial, y la presión en la comunidad para impedir que se votara siquiera por quien el gobierno clasifica como enemigo de la revolución. La presión fue tal que el domicilio de Cabrera Parada fue prácticamente militarizado con la presencia constante de la policía nacional y de la policía política.

Paralelo a estas acciones francamente ilegales, violatorias de los derechos constitucionales del joven Cabrera Parada, se comienza a quebrantar lo que encierra la Ley Electoral luego de la nominación de candidatos. En primer lugar, nunca se confeccionó ni se dio a conocer el acta de la Asamblea de Nominación, como estipula su artículo 94, con todos los particulares que exige, donde se consignan todos los actos de la Asamblea, incluyendo el nombre del nominado. También, el artículo 95, por el cual se debe publicar su biografía con al menos 15 días antes de la votación.

Con ello El Consejo Electoral Municipal de Palma Soriano vulneró tanto el artículo 51 inciso g) relativo a su misión de confeccionar e imprimir la biografía de los candidatos nominados, como los artículos 85 y 86, en los respectivos incisos, que fijan los fundamentos éticos dentro de su capítulo de la Ley Electoral, correspondiente a la ética que debe regir a los organismos electorales.

El propósito estaba claro: borrar de cualquier registro la nominación de Cabrera Parada y cancelar, ilegalmente, una candidatura libremente elegida y propuesta por sus vecinos. Con eso se pisoteó la voluntad expresa de la ciudadanía, sus derechos electorales, y los de José Antonio Cabrera Parada, a quien se le impidió votar y ser votado por su comunidad el 27 de noviembre; en una violación desembozada de los derechos políticos de un ciudadano cubano.

La narrativa detrás de estos actos de supresión política de derechos ciudadanos es la de no permitir que los que el gobierno llama contrarrevolucionarios accedan a posiciones de representación. Lo cual es consistente con el llamado discurso revolucionario, pero totalmente inconsistente con y violatorio de la Constitución vigente en Cuba que claramente instituye a los ciudadanos, y en su caso a la persona, como los sujetos de derechos. Cada vez que el gobierno habla de revolucionarios y contrarrevolucionarios en materia de derechos está impulsando posiciones y políticas inconstitucionales.

Otras operaciones policiales fracasaron. Cabrera Parada fue presionado para que grabara un video en el que debía denunciar y desmentir todo el proceso que llevó a su nominación. Una gesta política desesperada y absurda que lo habría expuesto negativamente frente a sus electores, y con la que se buscaba desmentir y desprestigiar la estrategia y los esfuerzos de representación política plural que el CTDC viene vertebrando desde abajo. Pero la dignidad del joven panadero frustró las pretensiones indecentes de la policía política.

Otra operación sí prosperó. Luego de las continuas amenazas de ir a prisión solo por ejercer sus limitados derechos políticos, Cabrera Parada fue expulsado de la panadería La Irmis, en Palma Soriano, donde se ganaba literal y figurativamente su magro sustento de vida. Una dura consecuencia personal que está asumiendo con responsabilidad y entereza.

Las consecuencias políticas de este ataque renovado a la voluntad de representación plural de la ciudadanía se han visto con claridad en la fuerte abstención que se registró en todo el país, pronunciada en lugares específicos como La Habana, Holguín y el mismo Palma Soriano. Y ella, la abstención, no ha hecho más que fortalecerse. Si para las Asambleas Municipales, el espacio donde nada se decide, el rechazo alcanzó dimensiones sociológicas, podríamos imaginar cómo se comportará en las votaciones para diputados a la Asamblea Nacional y para la votación indirecta por la presidencia de la República. En las Municipales se pudo apreciar el rechazo. En las de la Asamblea Nacional sobrevendrá el castigo.

En Palma Soriano, en la Circunscripción 55, el Consejo Electoral Nacional debería, después de anular las pasadas elecciones, en virtud del artículo 35 inciso k) de la Ley Electoral, repetir la votación, el próximo 4 de diciembre o en una fecha acordada, si es que respeta su propia ley. Eso exigimos y a eso le conminamos, aunque sabemos que la voluntad de poder, cada vez más auto referencial, como millones de cubanos se están encargando de demostrar en cada votación sucesiva, es más fuerte que la voluntad legal y constitucional del gobierno.

Consejo para la Transición Democrática en Cuba

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( 336 Artículos publicados )

Centro de Estudios sobre el Estado de Derecho y Políticas Públicas

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