Desde Cuba Posible se procuró una importante centralidad del Parlamento en el entramado de poder, dado su carácter representativo y la relación que debe sostener con los ciudadanos-electores.
En el caso de Cuba algunos ha defendido la reducción del Parlamento y otros consideran que un Parlamento pequeño suele reducir la cualidad de la representación. Realmente, mientras mayor sea la cantidad de diputados, menor la cuantía representada por cada uno de ellos y mejores los mecanismos de interacción entre ambos, mayor podría resultar la cualidad de la representación parlamentaria.
Sin embargo, esto último sería posible si todo ello se integra en una robusta cultura ciudadana, en mecanismos sensatos y certeros para conseguir el debido vínculo “ciudadano-diputado” y en la altura política y de gestión de los representantes electos.
Por otro lado, la experiencia indica que la representatividad de un Parlamento no tiene que depender, de manera única y forzosa, del número de sus miembros, sino de los principios básicos que configuren el sistema electoral y el desempeño parlamentario.
Según otros, tal vez sea provechoso asegurar una institución parlamentaria con la dimensión apropiada para que ofrezca resultados efectivos y, a la vez, genere un núcleo “re-fundacional” que pueda ir ensanchando y profundizando su institucionalidad, su dinámica, su eficiencia, su cualidad representativa. En tal sentido, en determinadas condiciones podría sostenerse la pertinencia de un Parlamento más pequeño, pero no por ello insignificante, sino todo lo contrario: iluminador, potente, activo y exigente, capaz de marcar la pauta de un quehacer parlamentario en crecimiento, en todos los sentidos.
Muchos señalan, además, el tema de la profesionalidad del Parlamento. Esta cuestión resulta determinante porque en ella se decide la capacidad funcional de la institución y la posibilidad de un desempeño sociopolítico efectivo. Para lograrlo estos abogan a favor de que el trabajo de cada diputado sea ordinario, permanente, intenso, activo y retribuido. Muestran la necesidad de comprender cuán importante y beneficioso pudiera resultar un Parlamento que sesione de manera permanente.
Proponen instituir lo que pudiéramos llamar un Parlamento que sesione de forma permanente. En tal sentido, se hace imprescindible desentrañar cuál sería el significado de sesionar de esa manera, porque un plenario perpetuo no sería posible, ni representaría el resultado de una dinámica social amplia y aguda. Por ello se haría obligatorio preciar entidades, mecanismos y procedimientos que hagan posible una multiplicidad de maneras para desarrollar un quehacer permanente, capaz de asegurar la necesaria vitalidad cotidiana del Parlamento, por medio de una interacción aguda entre el mismo y cada uno de los diputados, con toda la sociedad, con toda la institucionalidad, con cada uno de los electores. Al respecto habría muchas posibilidades por analizar.
Desde esta lógica, muchos defienden la institucionalización de comisiones parlamentarias de trabajo, permanentes o temporales, integradas por diputados. Las comisiones permanentes y temporales de trabajo del Parlamento pueden constituir un elemento esencial para la dinamización, descentralización y democratización del mismo. Estas suelen poseer condiciones para estudiar problemas complejos que requieran soluciones, ya sean a largo plazo o inmediatos, y agilizar respuestas cuando estas reclamen urgencia, así como desempeñar gestiones, observaciones y controles que correspondan al ámbito de sus competencias, entre otros desempeños medulares. Sin embargo, algunos demandan un trabajo más sistemático y activo de estas comisiones y reclaman que al efectuar su gestión (de análisis, propuesta, aprobación y control) estén obligados a hacerlo en interacción con ciudadanos, grupos, sectores y entidades especializadas que conozcan la materia de su competencia.
También debo esbozar, aunque sea muy brevemente, tres cuestiones medulares que actualmente preocupan a muchos ciudadanos en torno al perfil de las nominaciones para diputados, al modo de nominarlos y a cómo elegirlos. Suele demandarse que: 1) Sean personas respetables y realmente bien conocidas por los ciudadanos-electores. 2) Puedan ejercer sus funciones de manera profesional y permanente. 3) Posean capacidad de interacción continua con los ciudadanos-electores. 4) Disfruten de las aptitudes y actitudes para analizar, representar y gestionar (de manera cotidiana y armónica) los asuntos del ciudadano y de su localidad y las cuestiones estratégicas nacionales e internacionales, sin violentar su consciencia personal.
Igualmente, se sostuvo que, para lograrlo la Constitución, las leyes y los reglamentos correspondientes, deberían asegurar que los parlamentarios disfruten de todos sus derechos, prerrogativas y deberes como diputados. En este sentido, en Cuba Posible se ha ratificado que el estatuto de diputado demanda incompatibilidades, pero también un conjunto sólido de prerrogativas; todo ello, encaminado a garantizar el libre ejercicio de sus funciones. Quedó claro que entre dichas prerrogativas jamás debería faltar la “inviolabilidad” por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones, ni la “inmunidad” para que en ningún caso puedan ser inculpados ni procesados sin previa autorización de la asamblea legislativa.
Se hace factible revisar ejemplos de las ideas que hacen posible esta síntesis en el Cuaderno No. 7, del año 2015, titulado Institucionalizar la diversidad: hacia una nueva Ley de Asociaciones para Cuba; el Cuaderno No. 29, del año 2016, titulado República y poder ciudadano: apuntes para un debate, en sus páginas 37-47; el Cuaderno No. 71, del año 2018, titulado “Cuba” tiene que seguir siendo algo más que cuatro letras, en sus páginas 47-54; y el Cuaderno No, 74, del año 2019, titulado Cuba Posible ha hecho el trabajo más serio y prolongado en busca de una nueva constitución, en sus páginas 142-149.
Por otra parte, estuvimos convencidos de que la manera de nominar y elegir a los diputados siempre influirá decisivamente en la capacidad de quienes resulten electos para ejercer sus funciones. Acerca de esta cuestión muchos interesados en el tema se refirieron a tres aspectos fundamentales: 1) la nominación, 2) la elección y 3) la socialización (campaña electoral) de las perspectivas de trabajo de los candidatos.
Resulta general la pretensión de que los nominados socialicen las perspectivas del quehacer que se proponen, para que así la ciudadanía acuda a las urnas con suma responsabilidad acerca del representante a elegir y, a la vez, posea herramientas para evaluar el desempeño de los parlamentarios electos. En este sentido, se demanda, además, excluir el sistema de votación que sólo ratifica o no el candidato nominado para cada escaño y pasar a un modelo de elección universal, directa, libre, igual, secreta y competitiva.
Sin embargo, en ciertos sectores, sumamente significativos, existe una inclinación fuerte a defender que los diputados sean nominados directamente por las organizaciones e instituciones civiles y sociales que resulten facultadas por la Ley electoral. Otros abogan para que resulten nominados por asambleas populares, según procedimientos bien establecidos, para que la amplitud, espontaneidad y horizontalidad de tales asambleas no afecten la vitalidad de la soberanía ciudadana, ofreciendo posibilidades para su resquebrajamiento o manipulación. Y no pocos sugieren la pertinencia de la autonominación, siempre que la misma consiga el respaldo de un quorum ciudadano establecido legalmente. Estos prefieren omitir la nominación de diputados por parte de agrupaciones políticas programáticas, partidos políticos.
Esto último se relaciona con el dilema en torno a la instrumentalización del pluralismo político. En este sentido, fortalecen sus argumentos en torno a la lógica de subordinar el quehacer sociopolítico a la sociedad y a las bases ciudadanas y, además, alegan la precariedad representativa que han padecido y padecen muchísimos partidos políticos.
En este debate disfrutan de cuotas de inteligencia quienes seleccionan a los partidos políticos u otras organizaciones políticas programáticas, como únicas entidades capaces de ejercer y gestionar la representación ciudadana desde una dimensión eminentemente política; aunque en muchísimos casos dicha capacidad y responsabilidad han sido distorsionadas a través de sensibles errores y horrores. Por otro lado, también gozan de cuotas de argumentos tanto aquellos que se inclinan a reconocer que ambas categorías (fuerzas políticas programáticas y organizaciones civiles) puedan compartir la representación parlamentaria. Igual poseen razones quienes sostienen que mezclar a la “sociedad civil” y a la “sociedad política” en un mismo tipo de representación parlamentaria podría ahondar las distorsiones ya existentes en las relaciones entre las asociaciones civiles y las organizaciones políticas. En todo caso, ante disyuntivas de esta índole, siempre habrá que escoger, convencidos de que cualquier opción ofrecerá ventajas y también impondrá desventajas, dificultades, insatisfacciones.
Por ello, en Cuba Posible se consensuó la necesidad de los partidos políticos u otras agrupaciones políticas programáticas, aunque sin la convicción profunda de una parte de quienes lo han suscrito. Sin embargo, la generalidad se aferra a buscar y encontrar un tipo de participación de las organizaciones civiles y sociales en la representación y gestión parlamentaría; ya sea porque los partidos políticos no han alcanzado la representación ciudadana-social-política que demanda su pretensión institucional o porque quizá aún si estos lo consiguieran continuara siendo pertinente que también ellas participen de algún modo efectivo en la representación de la sociedad en las dinámicas parlamentarias.
Sobre esto se ha especulado entre los colaboradores de Cuba Posible; ya sea en trabajos de equipos, en reuniones pequeñas y amplias, en talleres propios del Laboratorio. Al respecto se ha evaluado la pertinencia de un órgano, una especie de otra cámara, aunque tal vez dentro de los contornos institucionales y dinámicos del propio Parlamento, pero con la suficiente autonomía para constituirse, funcionar, ejercer sus facultades y autodirigirse. En este caso las opiniones se han inclinado a que dicha cámara podría estar integrada por representantes de organizaciones e instituciones de la sociedad, no partidistas ni eminentemente políticas. Se han referido a la posibilidad de que, por un lado, provengan de organizaciones históricas y/o nacionales y, por otro lado, también de organizaciones y sectores representativos de realidades significativas y sensibles que se encuentren en desventaja social, económica, política.
En cuanto a su naturaleza muchos se orientan a partir de una especie de cámara de senadores (aunque con otra denominación). Acerca de su finalidad existe debate en torno a dos proyecciones. Una, dirigida a que esta cámara también desempeñe la generalidad de las funciones parlamentarias de forma independiente y cada cuestión resulte aprobada sólo cuando sea consentida en ambos foros. Según la otra concepción, dicha segunda cámara debería analizar, deliberar y pronunciase sobre la generalidad de los asuntos parlamentarios, una vez que hayan sido debatidos y consensuados por los diputados; quienes estarían obligados a reanudar el debate si posteriormente la segunda cámara emite consideraciones al respecto; y en estos casos cada cuestión quedaría resuelta definitivamente en una siguiente deliberación por parte de los diputados. Sin embargo, algunos estiman que también podría poseer algunas facultades, bien determinadas, relacionadas con cuestiones esenciales y específicas, a través de las cuales se haga necesario que en esos temas resulten aprobados sólo cuando sean consentidos, indistintamente, por ambos foros. Por ejemplo: la ratificación de los tratados internacionales.
Igual, se hace factible revisar todas las ideas que hacen posible esta síntesis en las páginas señaladas de los Cuadernos de Cuba Posible indicados anteriormente. Además, en las páginas de la ya citada “Propuesta de Declaración de Derecho Humanos para una Constitución en Cuba” y en el Cuaderno No. 14, del año 2015, titulado Una nueva Ley electoral: instrumento para un consenso sobre la Cuba actual.
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