Los diputados suelen representar un importante universo plural de propósitos; por ejemplo, políticos, sociales, identitarios y económicos
Por Roberto Veiga González
Los diputados son aquellas autoridades elegidas por distritos como representantes de los ciudadanos de estas demarcaciones. Estos además suelen representar un importante universo plural de propósitos; por ejemplo, políticos, sociales, identitarios y económicos, etcétera. Tales representantes, a modo de corporación, establecen una Cámara de Diputados o Asamblea Nacional o Asamblea Legislativa o Cámara de Representantes o Parlamento.
Estos, constituidos en institución, deben encargarse de representar, en armonía con los intereses generales, los intereses de sus electores; legislar de acuerdo con los preceptos constitucionales y teniendo en cuenta los objetivos generales del país y de los electores de cada diputado; aprobar todas las cuestiones sociopolíticas que la Constitución sitúa como responsabilidad de la rama legislativa del poder; y controlar, según facultades constitucionales, todos los asuntos del gobierno, la justicia y la sociedad en general.
Los parlamentarios, dado el carácter de sus funciones, deben disfrutar de prerrogativas. Entre ellas se encuentra la inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus responsabilidades; si bien no debemos confundir inviolabilidad con impunidad, pues la primera equivale a seguridad de derechos personales y no a facultades para desobedecer las leyes y cometer crímenes. También encontramos la inmunidad, para que en ningún caso estos puedan ser inculpados ni procesados sin previa autorización de la asamblea legislativa; lo cual tiene el propósito de evitar los recursos de que podrían valerse los poderes ejecutivo y judicial para hacer nulo el poder legislativo o remover las personas que les fueran contrarias.
También debe comprenderse que tales responsabilidades y prerrogativas demandan un conjunto de capacidades. Los diputados deben ser personas respetables y realmente bien conocidas por los ciudadanos-electores; ejercer sus funciones de manera profesional y permanente; poseer interacción continua con los ciudadanos-electores; disfrutar de las aptitudes y actitudes para analizar, representar y gestionar los asuntos del ciudadano y su localidad, y las cuestiones estratégicas nacionales e internacionales; y hacer todo esto sin violentar sus consciencias personales.
O sea, no necesitaríamos diputados que comprendan la realidad general, pero por diversos motivos estén incapacitados para conseguir una relación con los electores; ni diputados que puedan poseer vínculos con los electores, mas carezcan de capacidad para comprender los asuntos generales; ni diputados que soslayen las pautas de sus conciencias.
La manera de nominar y elegir a los diputados siempre aportará a que estas capacidades sean posibles. El consenso otorga la facultad de nominar a las diversas agrupaciones sociales y/o políticas; y algunos apuntan que también debe nominarse desde asambleas populares. Resulta general la pretensión de que los nominados socialicen el quehacer que se proponen, para que así la ciudadanía acuda a las urnas con suma responsabilidad acerca del representante a elegir y, a la vez, posea herramientas para evaluar su desempeño. Asimismo, la sabiduría de la praxis histórica recomienda que sean escogidos a través de elecciones periódicas, universales, iguales, directas, libres, secretas y competitivas.
Estas brevísimas notas permiten concluir que los diputados están convocados a establecerse como fundamento de la dinámica política de cualquier forma de gobierno democrático. Para una mayor comprensión de esto será importante ahondar en la función parlamentaria que ellos conforman. Los diputados -auténticos- y los parlamentos -reales- están llamado a ser epicentro político del Estado.
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