La Patria es dicha de todos, y dolor de todos, y cielo para todos. José Martí

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Si la sociedad cubana quiere salir del atraso histórico deberá asumir la Declaración Universal de Derechos Humanos

El discurso «revolucionario» no solo es lesivo a los valores contemporáneos, sino que además tiene más de ochenta años de atraso, cifra curiosamente coincidente con la edad promedio de sus principales artífices

25 Sep 2022
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Foto © FFYL

Por Fernando Almeyda

El 10 de diciembre de 1948 fue promulgada por la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas la Declaración Universal de los Derechos Humanos, tal vez el documento más relevante de la humanidad después de la segunda mitad del siglo xx. La caída del fascismo en Europa y el final de la guerra más sangrienta que había vivido el mundo supusieron el punto final para los discursos que subordinaban la protección jurídica de las personas a la relación entre Estado y ciudadano.

El objetivo de la Declaración era establecer el nuevo «estándar común a ser alcanzado por todos los pueblos y naciones». Los horrores desatados por la guerra y los nacionalismos motivaron este documento, que se convirtió en la columna vertebral de las relaciones jurídicas internacionales, tomando al humanismo como centro de la ecuación y como referente de valoración de cuán aceptable o inaceptable era la conducta de un Estado. El progreso de una sociedad ya no se mediría por el poder militar y económico, sino por la capacidad del Estado de garantizar la protección de los derechos de las personas, fueran o no ciudadanos de este.

La Declaración no es un «tratado»; por tanto, no requiere ratificación ni implica de forma directa obligatoriedad jurídica por parte de los Estados de respetarla. Sin embargo, dada la relevancia de ella supone un referente axiológico determinante para cualquier sociedad que se conciba como parte de los valores modernos.

Tal es el caso, que al momento de su votación solo hubo ocho abstenciones por reservas con la misma: Unión Soviética, Bielorrusia, Ucrania, Checoslovaquia, Polonia, Yugoslavia, Sudáfrica y Arabia Saudita. En ese entonces las Naciones Unidas estaban conformadas por solo 56 países. Quizá actualmente, con el retroceso de las democracias, la politización de los derechos y el renacer de movimientos políticos ultranacionalistas, las abstenciones hubieran sido mucho mayores e incluso podríamos contar con el voto negativo casi seguro de países como Corea del Norte.

La Declaración está estructurada en 30 artículos que contienen Derechos que son considerados inherentes al ser humano; se trata de derechos y libertades fundamentales que tenemos todas las personas por el mero hecho de existir, con independencia de la nacionalidad, género, origen étnico o nacional, color, religión, idioma o cualquier otra condición.

Pueden reconocérsele diez características fundamentales: intrínsecos, irrenunciables, inalienables, universales, interdependientes, indivisibles, progresivos, imprescriptibles, inderogables y evolutivos.

La Declaración Universal fue el punto de partida para una serie de cuerpos legales internacionales que constituyen tratados. Cada tratado fue desarrollando uno o varios de los Derechos contenidos en esta. Ejemplos fundamentales son el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales; la Convención contra la Tortura; y la Convención sobre Refugiados. Estos, por su naturaleza de instrumentos jurídicos internacionales, suponen la suscripción y ratificación por parte de los Estados para adquirir caracter vinculante. De ahí que estados como Cuba se escuden en la no suscripción o ratificación de estos tratados para no ser emplazados por las constantes violaciones que efectúan, pues la ratificación no solo implica la compatibilización del ordenamiento interno con el instrumento internacional, sino la obligación de que en la práctica los derechos jurídicamente amparados sean respetados.

No obstante, existen derechos que tienen una protección absoluta y que bajo ningún concepto pueden ser vulnerados, haya el Estado ratificado a no la Convención referente. Estos son la dignidad humana, la prohibición de la tortura en todas sus formas y la prohibición de la esclavitud o servidumbre, en tanto la vulneración de los mismos supone causales de crímenes internacionales, por lo que su protección es absoluta.

Sin embargo, en tanto los Derechos Humanos como piedra angular del sistema axiológico y jurídico moderno, son el estándar para valorar los progresos de los Estados. De esta manera, la violación de estos puede ser señalada o, incluso, si se trata de violaciones con caracter general, sistemático o muy grave, pueden implicar sanciones internacionales.

Por una parte, esto ha resultado positivo, pues los individuos cuyos derechos son violados por los Estados encuentran un respaldo internacional, al menos en algún grado, aunque en la mayoría de las ocaciones la comunidad internacional tenga las manos atadas. Pero, por otro lado, la protección de los Derechos Humanos se ha convertido en una excusa política para atacar a un Estado contrario; son muy comunes los gobiernos que usan las violaciones de Derechos Humanos como motivos o justificaciones de ataques a personas, grupos, Estados o incluso a organizaciones internacionales, cuando los primeros violadores son ellos.

La observancia y protección efectiva de los Derechos Humanos se vuelve cada vez más selectiva y menos seria, para desmedro de las personas y los defensores de Derechos Humanos. De este modo, los gobiernos de izquierda o derecha suelen ser incapaces de señalar a sus aliados como violadores, y viceversa. De esta gran hipocresía participan muchas naciones, demasiadas, siendo para muchos Estados más fácil invertir su dinero en ocultar los problemas que en resolverlos, al tiempo que esquivan responsabilidades justificándose en el principio de autodeterminación de los pueblos o en el principio de no injerencia en los asuntos internos de otros Estados.

Por lo general, este modus operandi es coincidente con Estados que poseen sistemas democráticos débiles, ineficientes o ausentes, como es el caso de Cuba. Y es que los Derechos Humanos, si bien no deben ser mirados desde un prisma político, sí implican una decantación clara hacia una forma de gobierno bien determinada: la democracia. Se debate tanto sobre la relación entre Derechos Humanos y Democracia, que para muchas personas la Declaración Universal se resume a los artículos 18, 19 y 20, que protegen y reconocen la libertad de pensamiento, conciencia, expresión, manifestación, asociación y reunión, es decir, derechos eminentemente políticos, los cuales son más comunmente violados en los regímenes no democráticos, porque la democracia, en tanto, supone la participación en la vida política de la nación por los ciudadanos independientemente de su pensamiento u orientación política, lo cual obliga a los gobernantes y partidos a tener que lidiar constantemente con la crítica y señalamiento, ya sea de la ciudadanía o de los partidos contrarios. Es usual encontrar gobiernos que no cumplan sus promesas o que desempeñen gestiones en desmedro de la sociedad, pero mientras más democrático sea un régimen, menos tiempo podrá permanecer en el poder un gobierno que no proteja los intereses o derechos de la comunidad.

Por ello, también es normal que los niveles de desarrollo social en los países con problemas en su democracia se encuentren deteriorado, o que siendo países con fortalezas económicas naturales, como Rusia o Venezuela, ante la falta de democracia de sus gobiernos tiendan a dar malos pasos en política doméstica o internacional.

En el caso de Cuba, el tema es mucho más serio, puesto que no se trata solo de un régimen no democrático que empodera a un grupo político por encima de la sociedad (Partido Comunista), sino de un sistema ideológicamente estructurado sobre estándares políticos y sociales anteriores a la Segunda Guerra Mundial y a la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Basta contrastar los 30 artículos de la Declaración con las normas, discursos y diseño de la sociedad cubana para darse cuenta de que todos los derechos que ampara están limitados o son vulnerados por el Estado cubano.

En este sentido, el discurso «revolucionario» no solo es lesivo a los valores contemporáneos, sino que además tiene más de ochenta años de atraso, cifra curiosamente coincidente con la edad promedio de sus principales artífices. Por ende, si la sociedad cubana quiere salir del atraso histórico tendrá que empezar a tomar el estándar que representa la Declaración como elemento rector, lo cual inequívocamente supone desechar y extirpar del poder el pensamiento castrista.

SOBRE LOS AUTORES

( 1 Artículos publicados )

Abogado. Asesor jurídico en Prisoners Defenders.

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Comentarios

  1. Es muy importante conocer sobre este procedimiento .pues en Cuba los derechos humanos son violados constantemente y torturas a presos políticos..

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