También Cuba debe redefinir la institucionalidad del gobierno de la República. Cuando me refiero al gobierno del país lo hago acerca del ejecutivo del Estado, al cual la ciudadanía encarga la gestión de las normas generales y la administración pública.
El gobierno se constituye, por lo general, mediante un Consejo de Ministros y de sus homólogos inferiores instituidos, por ejemplo, en las provincias y los municipios. De este modo todo gobierno deberá gestionar, de manera directa y cotidiana, el desarrollo integral y universal de todos los ámbitos de la sociedad.
Sobre el tema se ha debatido mucho en Cuba Posible, pero hemos publicado menos. El asunto resulta de suma importancia y se encuentra entre los más sensibles para el actual gobierno. No obstante, todo lo publicado, a lo cual referiré, constituye el producto del análisis y del diálogo entre los colaboradores del Laboratorio de Ideas y con otros actores cercanos. Al respecto señalo el Cuaderno No. 29, del año 2016, titulado República y poder ciudadano: apuntes para un debate, y el Cuaderno No. 48, del año 2017, titulado Los Derechos Humanos como pilar de la República cubana.
En el debate sobre el asunto muchos argumentaron a favor de la desconcentración y descentralización del poder y del avance hacia una sólida autonomía y eficacia de los gobiernos locales. La mayoría de los participantes indicaron el interés de lograrlo a partir de una comprensión adecuada de: 1) la desconcentración, la descentralización y la autonomía, 2) la armonía entre las instancias centrales y locales del gobierno, 3) la debida naturaleza y pertinencia de la burocracia, y 4) los mecanismos de control ciudadano sobre el gobierno y la requerida transparencia en el desempeño de este.
La mayoría de los colaboradores estuvieron convencidos de que una verdadera descentralización y autonomía implicarían la transferencia a los gobiernos locales de las responsabilidades y facultades necesarias para cumplimentar responsabilidades importantes. Pero igualmente afirmaban que se debería garantizar que estas autoridades locales tuvieran la obligación de rendir cuentas a los ciudadanos de la localidad y al gobierno central.
También advertían la necesidad de esclarecer que la descentralización y la autonomía no pueden privar al gobierno central de sus responsabilidades con las sociedades locales. Algunos sugirieron que los ciudadanos, en todo caso, puedan acceder a los provechos de la buena gobernanza de múltiples gobiernos locales y de niveles superiores de gobierno.
Según estos la descentralización no debería limitar, sino todo lo contrario. En este sentido, reiteraban que, si los ciudadanos no logran recibir el servicio deseado en una unidad de gobierno o en un nivel específico de este, puedan optar por obtenerlo en otra unidad u otro nivel de gobierno.
Muchos defendieron que una gobernanza descentralizada y autónoma podrían movilizar con facilidad los recursos y las oportunidades para un desarrollo socioeconómico significativo en las localidades. Pero también destacaron que ello demandaría la implementación de una administración cualificada y de diversos tipos de sistemas de medición de su trabajo.
Esto último debería promover, a su vez, espacios cívicos. Para ello sería indispensable multiplicar los centros de poder político y administrativo e instrumentalizar medios para que la sociedad civil (organizaciones de la localidad, grupos de interés, asociaciones empresariales, cooperativas, sindicatos, medios de comunicación, etcétera) puedan desarrollarse, cooperar y participar en el diseño, aprobación, gestión y control del gobierno local. Esto, además, sería extremadamente importante en términos de la construcción de la democracia.
Quiero reiterar que el ejecutivo es quien realiza el programa aprobado por los ciudadanos para un determinado período y para hacerlo se estructura hacia todas las instancias, la nacional y las inferiores (por ejemplo: las provinciales y las municipales). Y nuevamente preciso que las entidades del ejecutivo en las instancias subordinadas, en un Estado que se conserva unitario, no deben ejercer poder, aunque disfruten de autonomía, de todas las facultades imprescindibles para desplegar sus responsabilidades. Pues, en estos casos, el ejercicio de la soberanía no está compartido entre el poder central y los poderes locales. Por ende, dichas instancias han de ser, sobre todo, corporaciones para promover el programa del gobierno y para auxiliar a este en la ejecución de sus órdenes.
Para hacer comprensible el criterio anterior se hace forzoso señalar la diferencia entre ejercer el poder y ser agente del poder. En el primer caso reside la autoridad gubernativa con toda la energía y garantía que requiere y en el segundo reside únicamentela obligación de facilitarle su ejercicio. Por esta razón la jefatura de la entidad del ejecutivo que vela por la administración en las comunidades locales debe estar cohesionada con el Consejo de Ministros y responder al programa gestionado por el jefe del gobierno nacional.
Del mismo modo, la generalidad reclama el diseño progresivo de un entramado sólido de mecanismos horizontales y verticales para controlar el quehacer del gobierno y de toda la administración pública. Señalamos que el llamado control horizontal suele resultar ejercido a través del Parlamento, que debe tener la obligación de interactuar, inspeccionar y des/aprobar el desempeño gubernativo. Igualmente, debe realizarlo la fiscalía, quien ha de exigir a todos el cumplimiento de la legalidad. También estará obligada a ocuparse de ello la contraloría de cualquier país. Además, está llamado a ejercerlo el sistema de tribunales, cuando alguna instancia de gobierno, rama administrativa, institución ejecutiva, autoridad o funcionario, sean inculpados debidamente.
El control vertical demanda la institucionalización de una multiplicidad de procedimientos para garantizar que las instancias inferiores del Estado, del gobierno y de toda la administración pública, puedan exigir transparencia a sus instancias superiores. Del mismo modo resulta imprescindible asegurarle este derecho (a través de la mayor multiplicidad posible de mecanismos) a toda la ciudadanía, a todas las comunidades y a las asociaciones sociales.
Por otro lado, se puso énfasis en que la legitimidad del poder racional se basa en normas legales lógicamente definidas, pero dicha ejecución requiere de un aparato administrativo que constituye “la burocracia”. No obstante, esta burocracia, en muchísimas ocasiones, se torna un obstáculo o una asfixia y hasta una maquinaria impune de corrupción. Por ello suele ser rechazada y en ciertos casos hasta “estigmatizada”. En tal sentido, expertos que trabajaron con Cuba Posible indicaron la necesidad de precisar la posición de los funcionarios y las relaciones de estos con el gobierno, con los gobernados y con sus colegas, a través de reglas impersonales y escritas, que delineen la jerarquía del aparato administrativo, la racionalidad y el beneficio efectivo de sus funciones, así como los derechos y deberes inherentes a cada posición.
Muchos aconsejaron fundamentar la lógica de la burocracia sobre la autoridad técnica y sobre la meritocracia-administrativa. Igual sostuvieron la obligación de garantizar que dicha burocracia sea solo ejecutora (eficiente) de órdenes, de modo que se constituya en punto de unión entre el gobierno y los gobernados. Desde este razonamiento la burocracia ha de ser una forma de organización humana que se basa en la racionalidad, en la adecuación de los medios a los objetivos pretendidos, con el fin de garantizar la máxima eficiencia en la búsqueda de estos.
Desde tal lógica algunos defendieron que la burocracia podría asegurar ciertos beneficios, como, por ejemplo:
1) Racionalidad en los objetivos de sus funciones.
2) Precisión en la definición de las gestiones a realizar por las entidades y por cada funcionario.
3) Rapidez en las decisiones.
4) Unidad de interpretación garantizada por la reglamentación específica y escrita.
5) Consonancia de prácticas y procedimientos que favorece la estandarización y, por ello, la reducción de costos y errores.
6) Continuidad de la organización y de su eficacia, a través de una sustitución del personal que se retira o abandona el cargo, por medio de un procedimiento comprometido con el desarrollo cualitativo de las responsabilidades a ejecutar.
7) Justicia, estabilidad y bienestar ciudadano; pues todos los mismos tipos de decisiones deben tomarse a partir de idénticos y seguros estándares.
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