Cuba Próxima iniciará una labor sobre el modelo de texto constitucional de Cuba Posible para la reforma intentada enero de 2018-2019, que fue publicado en el libro “La Cuba que quisimos” por la Universidad Sergio Arboleda, de Bogotá. Lo hará con participación plural, colegiada, de expertos.
Resulta beneficioso destacar ciertas variedades, al menos acerca de seis características, entre la nueva Constitución de 2019 y el “texto modélico” de Cuba Posible.
1- La nueva Ley de leyes precisa derechos individuales, sostiene derechos sociales e incorpora derechos de tercera y cuarta generación. Sin embargo, asegura que, en todos los casos, los elementos del catálogo de derechos y sus garantías queden colocados a merced de la discrecionalidad del poder. El texto de Cuba Posible consigue la complementariedad de un universo más amplio de derechos sociales e individuales, y la incorporación de los más importantes derechos de tercera y cuarta generación. Además, ubica el catálogo de derechos como imperativo para todo el funcionamiento del Estado y de la sociedad civil, de la ley y la impartición de justicia.
2- La recién aprobada Constitución no reconoce la igualdad de ideas y opiniones, sobre todo políticas; y establece un partido político único que, además, orienta y dirige al Estado y a la sociedad. El texto de Cuba Posible reconoce la igualdad de ideas y opiniones, y de posiciones ideo-políticas; instituye el pluripartidismo; y concibe el desempeño de las agrupaciones políticas como un servicio público de asociaciones privadas; que, en todo momento, deben obediencia a la ley.
3- La actual Ley fundamental concibe a la generalidad de la sociedad civil como “órgano anexo” al Partido Comunista; otras asociaciones que puedan existir son consideradas en la periferia, como subordinadas y a modo de “apoyo”. El texto de Cuba Posible otorga fuerte protagonismo a una sociedad civil autónoma que, incluso, puede estar representada en instituciones de poder del Estado, y protagoniza dinámicas institucionales de negociación y coordinación, con el gobierno y otros sujetos sociales, en aras de participar en importantes decisiones y gestiones acerca de la “cosa pública”.
4- La Carta Magna vigente reconoce la propiedad estatal, la cooperativa, la privada y la mixta; pero establece que, en ningún caso, las tres últimas formas de propiedad pueden sobrepasar la dimensión y la importancia de la propiedad estatal. Por otra parte, instaura que toda la economía funcionará de acuerdo con un plan del gobierno, concebido, sobre todo, a modo de administración conjunta “del todo económico”. El texto de Cuba Posible posee una concepción múltiple y equitativa de la propiedad. Reconoce las empresas estatales y públicas, así como provinciales y municipales (todas, con sus correspondientes autonomías); las empresas sociales, como cooperativas, sociedades económicas, entre otras; las empresas individuales, propiedad de una persona o de una familia; las empresas mixtas; y las asociaciones de empresas privadas, cuyos miembros sean accionistas, y de estas con otras empresas estatales, públicas, sociales, individuales, o mixtas. Plantea una dirección estatal estratégica, no de ordinaria administración, que promueva el desarrollo integral y equitativo de los ciudadanos y las localidades del país.
5- La presente Ley madre establece el imperio de la Ley; sin embargo, según lo refrendado, parece hacerlo a partir de ese criterio que concibe “al derecho como un instrumento de coerción de quién detenta el poder sobre toda la sociedad”. El texto de Cuba Posible reconoce el imperio de la Ley, como imperativo del catálogo de derechos para todo el funcionamiento del Estado y de la sociedad civil, y como independencia y solidez del poder judicial y del sistema de justicia.
6- La Constitución efectiva instituye un sistema de “partido único y hegemónico”, que orienta a la sociedad y a un Estado asambleísta, de diseño confuso, a través del cual el Partido Comunista proyecta políticas que la Asamblea Nacional concreta en normas jurídicas y en otros acuerdos que, a la vez, son ejecutadas por el Consejo de Ministros y toda la administración pública y todos los órganos anexos del Partido Comunista. El texto de Cuba Posible propone un sistema democrático, caracterizado por la desconcentración y cooperación de los poderes, la descentralización y profesionalización del quehacer público, y el desempeño autónomo de los gobiernos locales.
A continuación, el texto elaborado por Cuba Posible,
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