La Cuba próxima necesitará sostener uno de sus pies de «La Patria» sobre ese «ejército» llamado a mantener en espíritu nuestra «República en Armas», con el propósito de garantizar que todos los cubanos podamos colocar el otro pie de «La Patria» en el firmamento de la polis (como era denominada por los griegos de la antigüedad) para edificar y consolidar la «República Civil».
El Centro de Estudios sobre el Estado de Derecho «Cuba Próxima» hizo público un documento titulado «La Cuba que queremos. Propuestas para refundar la República», con un programa sociopolítico integral, que incluye un acápite con siete líneas de acción dedicadas a «Orden público, defensa, seguridad».
Estas son las siguientes:
– Abolir el servicio militar obligatorio.
– Integrar los institutos militares por cuerpos que garanticen la civilidad y el respeto de las normas constitucionales y legales.
– Implementar una estrategia de capacitación en materia de Derechos Humanos y cultura democrática a todas las fuerzas del orden público, defensa y seguridad nacional.
– Prohibir que los militares pertenezcan a agrupaciones políticas, o que sean elegidos para ocupar estos cargos, mientras permanezcan en activo, si bien puedan elegir autoridades.
– Establecer que estas instituciones participen de la responsabilidad internacional por la paz a través de la ONU de acuerdo con el Derecho Internacional, y de los mecanismos para la lucha contra el crimen organizado en el orbe y en el hemisferio.
– Las fuerzas policiales deben poseer carácter «civil», lo cual exige que en sus funciones los agentes cumplan los desempeños ordinarios dentro de lo establecido legalmente. A la vez que solo puedan ejecutar operaciones de otra índole bajo el mandato o autorización casuística de la fiscalía o los tribunales. También que se rijan por una disciplina de cuerpo, pero a la vez puedan, a título individual y en última instancia, apelar al ámbito de lo constitucional o a sus conciencias.
– Establecer una Ley que regule todo lo anterior y precise las funciones de cada uno de los cuerpos e instituciones. Debe quedar proscrita toda intervención e intromisión de cualquiera de estos en la vida de la sociedad civil, ante lo cual los ciudadanos podrían presentar querella por vías de jurisdicción ordinaria y bajo la supervisión judicial, nunca mediante cuerpos de investigación especiales de carácter político.
El desarrollo democrático de Cuba necesita que tales institutos sostengan el espíritu de aquella «República en Armas» constituida por nuestros independentistas en 1869, con el único propósito de hacer posible que la sociedad actual consolide la «República Civil».
Resulta indudable buscar mejores maneras para que las instituciones militares consigan cada vez más la «supremacía» que reclama sus responsabilidades; sin que por ello lesione la «supremacía» que también demanda la naturaleza civil de la República, del Estado, de la sociedad. Ambas «supremacías» deben conseguir el necesario equilibrio, así como actuar dentro de un mismo sistema institucional y considerarse recíprocamente como referentes de autoridad; lo cual sólo resulta posible cuando ambas dimensiones anclan su quehacer en las profundidades sociológicas y antropológicas del pueblo, en su historia y sus sueños.
Este tema condujo a intensos debates entre Carlos Manuel de Céspedes e Ignacio Agramonte una vez iniciadas las gestas independentistas en 1868; y posteriormente entre José Martí y Antonio Maceo durante la década del 90 del siglo XIX. En aquellas discusiones, por momentos peliagudas, cuando parecía que los argumentos de las partes en diálogo eran contrapuestos, de conjunto indicaban un reto de nuestra República y consolidaban argumentos que las futuras generaciones de cubanos estarían llamadas a integrar de manera progresiva.
Las instituciones de defensa deben preservar la soberanía y la independencia, así como la estabilidad social y el orden legal y político. Pero esto no implica que deban inmiscuirse en la protección de las relaciones entre personas, entre personas y grupos, entre grupos, o entre personas o grupos con el Estado, aun cuando estas sean políticas. Ello, y sólo cuando se altera el modo de relación civilizado y legal, les corresponde únicamente a las fuerzas policiales especializadas, en correspondencia a cada caso.
No obstante, las fuerzas de defensa, de cada país, deben asegurar los cimientos del conjunto de las relaciones sociales, que suelen estar formulados en la constitución política de toda nación; salvaguardándolos cuando falle el resto de las instituciones dedicadas a preservar la estabilidad y el desarrollo, con el objetivo de garantizar que no colapse la vida civil y se restablezcan cuanto antes estas instituciones.
De seguro, el futuro próximo demandará concebir la defensa de la soberanía y la seguridad del país, desde compromisos renovados, correspondientes a las urgencias propias de estos tiempos. Por ejemplo:
– La protección de los mecanismos que deben garantizar los Derechos Humanos, el ejercicio de la ciudadanía, el desarrollo cultural, el avance socioeconómico y la concreción de la buena gobernanza.
– El desarrollo de una Defensa Civil que organice y ejecute la respuesta ante catástrofes naturales, sanitarias, humanas u otras. Para lo cual debe disponer de los necesarios recursos económicos, científicos, legales, institucionales y profesionales.
– El resguardo social ante la corrupción y la criminalidad, y la seguridad necesaria para que la Isla no se convierta en una de las capitales de la mafia.
– La seguridad de que las dinámicas políticas no laceren, en ningún caso, las circunstancias, los intereses y los anhelos constitucionalizados del pueblo en general.
Para ello, algunos advierten la conveniencia de integrar en un solo cuerpo a los desempeños estrategicos, otrora de defensa y de seguridad, aunque conservando la autonomía que demanda la naturaleza de cada tipo de operación; mientras también aconsejan colocar aparte las funciones policiales, sobre todo por su implicación social-civil-cotidiana. Por supuesto, sin que ello signifique desconocer los fines comunes y la cooperación necesaria.
De modo que referimos a una protección militar de la soberanía concebida de forma renovada, es decir, como el derecho a la autonomía y protección territorial y estatal, pero igualmente a la autonomía y protección de cada ciudadano; lo cual distingue y aproxima a la vez el trabajo de los institutos garantes de los asuntos de defensa, seguridad y policiales, y los subordina -reitero- a las profundidades sociológicas y antropológicas del pueblo, a su historia y sus sueños.
La Cuba próxima necesitará sostener uno de sus pies de «La Patria» sobre ese «ejército» llamado a mantener en espíritu nuestra «República en Armas», con el propósito de garantizar que todos los cubanos podamos colocar el otro pie de «La Patria» en el firmamento de la polis (como era denominada por los griegos de la antigüedad) para edificar y consolidar la «República Civil».
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